Decálogo de buena práctica esotérica

·     Los conocimientos sobre herramientas esotéricas y adivinatorias supone una responsabilidad frente a quienes solicitan los servicios del profesional. Por lo tanto, este último deberá responder de su trabajo con el mayor respeto y dignidad, sin menospreciar los derechos de quienes soliciten los servicios derivados de dichos conocimientos, no actuando hacia el mismo con secretos, subterfugios o menospreciando su libertad de elección….

·     El uso de las posibles facultades parapsicológicas y los mensajes e interpretaciones que se ofrezcan, derivadas de las mismas, no deben considerarse hechos totalmente comprobados. Por lo tanto, el poseedor de los conocimientos esotéricos en concepto de técnicas adivinatorias deberá advertir a quiénes soliciten sus servicios del carácter informativo y no vinculante de sus predicciones, suponiendo éstas más un consejo en virtud de la ventaja que otorga esos conocimientos y/o facultades, que un hecho futuro consumado y totalmente cierto. Por tanto, será el peticionario libre de aceptar o rechazar dichos consejos, sin ser coartado bajo ningún concepto.

·     Bajo nuestras creencias y premisas, el conocimiento en cuanto al manejo de energías sutiles dentro de la alta magia, sea cual sea la corriente desde la que la aplique, encierra una gran responsabilidad por la modificación que podría suponer en la conducta del sujeto objetivo de ese proceso. Por tanto, utilizará las herramientas y pasos necesarios para acelerar un proceso o hecho que deba ocurrir en la vida del peticionario, siempre que sea conveniente, que no actúe contra terceros, o elimine algún efluvio negativo que pudiera coartar el devenir normal y positivo de su vida. No usará esas técnicas o ritos para suprimir el libre albedrío y libertad de un sujeto, aun cuando quién nos solicite esa acción sea alguien de moral intachable y ética más que comprobada. En caso de solicitarlo, el experto esotérico podrá ofrecer tanto los útiles como los pasos a seguir al peticionario, debiendo informar de los posibles efectos adversos sobre la voluntad del sujeto objetivo de ese proceso de modificación, así como de las consecuencias para él/ella mismo/a.

·     El profesional esotérico tendrá derecho a solicitar una cantidad de dinero en función del tiempo empleado para dar consejo al cliente, y/o por el valor de los artículos esotéricos que éste adquiera. Manteniendo una línea de ética profesional, las cantidades solicitadas en concepto de ayuda y consejo, deberán ceñirse a unos patrones lógicos, y deberán ser informados al peticionario de antemano. En el caso que el profesional renuncie a la fijación de una tarifa, no tendrá derecho a pedir o coaccionar al peticionario para percibir de éste una contraprestación, quedando a criterio del peticionario la donación en función de su libertad de elección.

·     El profesional esotérico tendrá derecho a usar las herramientas habituales para el desempeño de su labor, siempre y cuando no atenten contra la libertad, dignidad o la integridad física de ningún ser vivo, e informando del procedimiento a seguir, con antelación, al peticionario de sus servicios. Así mismo, y en el supuesto de observar lo anteriormente expuesto, no tiene la obligación de aceptar cambios en cuanto a su procedimiento por parte del peticionario, pudiendo rechazar la prestación del servicio al cliente, o la venta del artículo en cuestión, siempre respetando la legislación vigente.

·     En el caso de existir un seguimiento del proceso emprendido con un peticionario de algún servicio esotérico, el profesional deberá informar al cliente sobre los pasos y la duración completa del proceso, nunca después de haber comenzado su labor, salvo que ese proceso sea diferente al emprendido con anterioridad, y sea necesario en virtud de los cambios observados y que pudieran poner en peligro el éxito de la labor emprendida.

·     El profesional esotérico tiene la obligación de atender a los pagos e impuestos que se deriven de su actividad profesional, y la ley así lo contemple. Es recomendable contar con un seguro que cubra la posible responsabilidad civil subsidiaria. Así mismo, y dependiendo de su actividad específica, debe acogerse a la ley de protección de datos en en vigor.

·     El profesional esotérico no deberá usar su ventaja en cuanto a sus conocimientos para amenazar, chantajear, amedrentar o delinquir. Cualquier información contrastada a este respecto que llegue hasta nuestra asociación supondrá la expulsión automática como socio, reservándose esta asociación el derecho a emprender acciones legales, o pudiendo poner el hecho delictivo ante las autoridades.

·     El profesional esotérico puede solicitar la ayuda o el respaldo de la asociación en el caso de encontrarse amenazado en su actividad, perseguido o perjudicado de alguna manera, siempre que observe en su labor todo lo descrito en los puntos anteriores, y nos aporte detalles así como pruebas fehacientes de esos hechos.

·     El incumplimiento demostrado de cualquiera de los puntos anteriores, o el descubrimiento de mala praxis demostrada durante la actividad del profesional esotérico, supondrá la expulsión automática de esta asociación. En el caso de no encontrarse con detalles suficientes para llegar a esta conclusión, podremos iniciar una rueda de contactos con las partes para dictaminar qué acciones llevar a cabo.